El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió una medida precautoria solicitada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA). La decisión ordena a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) a no suspender los servicios de salud mientras se resuelve una acción de amparo colectivo. La medida busca proteger el derecho fundamental a la salud de los afiliados, en medio de un conflicto económico entre actores del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
La audiencia se celebró de manera virtual, respaldada por el Ministerio Público, y se basó en el argumento de que los afiliados no deben verse afectados por disputas tarifarias. La DIDA había interpuesto la acción judicial luego de que Andeclip anunciara la suspensión de servicios electivos a afiliados de Primera ARS y ARS Futuro.
El director general de la DIDA, Elías Báez, valoró la decisión del tribunal como una garantía para las familias dominicanas. Báez reiteró el llamado al diálogo entre Andeclip y las Administradoras de Riesgos de Salud, instando a resolver las diferencias por vías institucionales. La audiencia continuará el miércoles 15 de julio, mientras la DIDA ofrece orientación a los afiliados que enfrenten negativas de servicios.




